Tribunales

Contra la simbología independentista en edificios públicos

Aixexat 30pxAixeca’t / Levántate emprende acciones administrativas y judiciales en contra de los símbolos independentistas en los edificios públicos y en los empleados de la Generalidad de Cataluña, que se ha incrementado con la presidencia de Quim Torra.

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ACCIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES EN CONTRA DE LOS SÍMBOLOS INDEPENDENTISTAS EN LOS EDIFICIOS PÚBLICOS Y EN LOS EMPLEADOS DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Un grupo de abogados constitucionalistas adscritos al grupo de trabajo “legal” de la asociación AIXECA’T / LEVÁNTATE, hartos de la falta de actuación del Gobierno de España durante la etapa de vigencia del artículo 155 de la Constitución en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña, en que ha proliferado la colocación de lazos amarillos, pancartas y carteles alusivos a los políticos presos y encausados por los Hechos de Octubre de 2017, en los edificios públicos de la Generalidad de Cataluña y en la indumentaria de muchos de sus empleados durante su horario laboral, fenómeno que se ha incrementado con la toma de posesión del nuevo gobierno autonómico presidido por Quim Torra, han aunado esfuerzos y dedicación para impulsar acciones legales en contra de la vulneración sistemática de los derechos fundamentales que sufren más de la mitad de los catalanes, y en contra de la infracción sistemática y continuada de los principios de igualdad y neutralidad política que deben respetar las Administraciones Públicas y los empleados a su servicio.

Los pasos a seguir son:

  1. - El 8 de Junio de 2018 por parte de la presidenta de la asociación AIXECA’T / LEVÁNTATE ya se ha dirigido un requerimiento al presidente y al Gobierno de la Generalidad de Cataluña para que la Administración que dirigen deje de vulnerar los derechos de una gran parte de ciudadanos catalanes que se sienten afrentados por la exhibición en los edificios públicos de todo tipo de simbología independentista y que ordene a los empleados adscritos a dicha Administración Pública y a los organismos de ella dependientes para que no luzcan ningún tipo de símbolos políticos en su indumentaria personal durante su horario laboral.
  2. - Si en el plazo de diez (10) días no se cumplimenta dicho requerimiento por las autoridades de la Generalidad de Cataluña, se emprenderá la acción judicial consistente en un recurso contencioso-administrativo por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, pidiendo ya en el escrito de interposición que se adopten medidas cautelares para que cesen de producirse las actuaciones y omisiones que provocan la vulneración constante de los derechos de las personas catalanas que no se sienten independentistas.
  3. - Tras el trámite de admisión del procedimiento y la aportación al juzgado del expediente por parte de la Administración, los abogados de la asociación AIXECA’T /LEVÁNTATE sustanciarán la demanda con toda la argumentación y con una amplia aportación de documentos en su fundamentación. Téngase en cuenta que este procedimiento goza de unas garantías procesales especiales y, por tanto, no se detiene su tramitación por razón de que llegue el mes de agosto, atendido que para su prosecución ese mes es totalmente hábil.

Abrir escrito de Requerimiento presentado el 8-6-2018


 

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